miércoles, 30 de julio de 2014

Gobierno promulga la primera Ley de Patrimonio de Bolivia

El documento dispone la creación del Fondo de Fomento del Patrimonio y del Sistema Plurinacional de Registro del Patrimonio Cultural Boliviano.

Después de más de tres años de gestión, el presidente Evo Morales promulgó el 27 de mayo la primera Ley de Patrimonio Cultural Boliviano; sin embargo, varios expertos observan que el proyecto de la norma no haya sido socializado antes de ser aprobado.
Una de las principales disposiciones de la norma es la creación del Sistema Plurinacional de Registro del Patrimonio Cultural Boliviano, que tiene como objetivo "almacenar y gestionar de manera coordinada la información referente al Patrimonio Cultural Boliviano existente”, se lee en el artículo 32.
Una de las premisas de este sistema es que será de "libre acceso y consulta para fines investigativos y científicos”.
Sobre la promulgación de la ley, el historiador Fernando Cajías afirmó ayer, en declaraciones a Página Siete: "No he leído la ley, pero realmente espero que hayan tomado en cuenta las observaciones”.
Con una opinión similar, Dennís Rodas, directora de Culturas de la Gobernación de La Paz, explicó que es importante la aprobación de esta norma, pero que faltó consensuar la norma.
"Esperamos que se haya podido mejorar la norma y tomar en cuenta las sugerencias. Faltó socializar el proyecto, ya que había varias observaciones de los municipios, las gobernaciones y de algunas entidades involucradas”, comentó.
Defensa del patrimonio
El objetivo de la ley, según el artículo primero, es normar y definir políticas públicas que regulen la clasificación, registro, restitución, repatriación, protección, conservación, restauración, difusión, defensa, propiedad, custodia, gestión, proceso de declaratorias y salvaguarda del patrimonio cultural del país.
Entre las principales disposiciones de la ley están la creación del Fondo de Fomento del Patrimonio Cultural Boliviano (FONPAC), que nace con la finalidad de gestionar y asignar recursos económicos para la conservación, preservación, restauración, promoción e implementación de repositorios adecuados para el cuidado del patrimonio cultural boliviano, según el artículo 62.
La norma, según el artículo 61, establece que las entidades financieras estatales y privadas deben otorgar créditos, con las mejores condiciones, en favor de los propietarios de bienes culturales inmuebles declarados patrimonio con fines de restauración, se lee en el documento.
También establece prohibiciones y medidas de emergencia ante la salida o exportación temporal del patrimonio.
En la actualidad, en la base de datos del Ministerio de Culturas se encuentran registrados más de 2.000 monumentos, fiestas y expresiones declaradas patrimonio nacional.
El país tiene 11 patrimonios de la humanidad
Entre sitios y expresiones culturales, Bolivia tiene 11 patrimonios culturales tangibles o intangibles de la humanidad declarados como tales por la Unesco. Potosí fue uno de los primeros sitios de Bolivia en ser declarado Patrimonio Cultural y Natural de la Humanidad, en 1987.
Luego, en 1990, las Misiones Jesuíticas de Chiquitos, ubicadas en el oriente del país, también recibieron la declaratoria. Al año siguiente, en 1991, la ciudad de Sucre, conocida como Charcas o la Ciudad Blanca, recibió el título de Patrimonio Cultural de la Humanidad.
El sitio arqueológico y cultural Samaipata, situado al suroeste de Santa Cruz, recibió la declaratoria en 1998.
En 2000 se declaró patrimonio al sitio arqueológico de Tiwanaku. Después, ese mismo año, destacado por su riqueza natural, fue reconocido el Parque Nacional Noel Kempff Mercado. Al año siguiente, en 2001, el Carnaval de Oruro se llevó el título de Patrimonio Oral e Intangible de la Humanidad.
En 2003, la cultura Kallawaya, de la provincia Bautista Saavedra del departamento de La Paz, también recibió el reconocimiento de la Unesco, cotizado por todos los países del mundo.
Finalmente, en 2012 obtuvo el título Ichapekene Piesta, de San Ignacio de Moxos. Las características históricas y turísticas de estos 11 patrimonios fueron recolectadas en la publicación Atlas Patrimonial de Bolivia.

Ejecutivo elabora reglamento para la Ley de Patrimonio

Norma. La legislación fue promulgada en mayo por el Presidente
La Razón (Edición Impresa) / Jorge Soruco / La Paz
 01 de julio de 2014


El Órgano Ejecutivo trabaja en el reglamento de la Ley de Patrimonio Cultural Boliviano, promulgada en mayo, pero que se mantuvo en bajo perfil hasta concretar el decreto supremo complementario para su aplicación.

“Había la idea de hacer un acto cuando el Presidente firmó la ley, pero como recién podrá ser aplicada en cuanto se tenga el reglamento, hemos decidido esperar a anunciarla”, explicó el ministro de Culturas, Pablo Groux.

Según la Gaceta Oficial de Bolivia, la norma fue promulgada el 25 de mayo tras ser sancionada por el pleno de la Asamblea el 12 de ese mes. El ministro reconoció que aún no se ha fijado una fecha para presentar el reglamento.

El nuevo código ofrecerá los mecanismo para establecer, entre otros puntos, la entrega de permisos de exploración —tanto la arqueológica como de otro tipo—, los sistemas de preservación de los espacios y manifestaciones y especificará los deberes que tienen los propietarios, custodios y autoridades involucradas.

Al respecto, el ministro advirtió que “tenemos que definir exactamente cuáles son los deberes y derechos de las instituciones, gobiernos y personas que son custodios o están involucrados en el trabajo sobre patrimonio, así evitaremos problemas y podremos desarrollar estrategias”, explicó en relación a las críticas a la norma.

Por ello, la definición de competencias es un punto muy importante, ya que, cuando la ley estaba en proyecto, la Conferencia Episcopal de Bolivia reclamó por artículos que atentaban contra el derecho propietario de la Iglesia Católica, ya que declaraba a esta institución simplemente como “custodio” de las piezas.

Estas modificaciones fueron rechazadas en el pleno de la Asamblea. Groux, en su momento, declaró que no se busca desconocer los derechos de instituciones y privados, sino que lo que se quiere es establecer un sistema que garantice la seguridad de los bienes patrimoniales.

Sobre este punto, recordó que la ley modifica cuatro artículos del Código Penal, endureciendo las sanciones a los crímenes contra la heredad nacional. Asimismo, el reglamento se referirá a los procesos de preservación. Sin embargo, el ministro advirtió que el manejo de espacios patrimoniales debe planificarse independientemente de la sanción de las normas.


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